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¿Necesito un visado para las partes caribeñas del Reino?

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¿Desea viajar a las partes caribeñas del Reino? No todo el mundo necesita un visado. Depende, entre otras cosas, de su nacionalidad. Normalmente, tampoco se necesita visado para una visita en tránsito o para hacer una escala si viaja con un crucero. Lea si necesita un visado en su situación concreta.

No necesita visado

No se necesita visado para viajar a las partes caribeñas del Reino (Aruba, Bonaire, Curazao, Saba, San Eustaquio y San Martín) en las siguientes situaciones.

Let op: Si no necesita visado, deberá cumplir otras reglas. Consulte los requisitos para viajar sin visado a las partes caribeñas del Reino.

Let op: ¿Viaja usted a Bonaire, Saba o San Eustaquio y recoge usted su permiso de residencia para una estancia de larga duración? En ese caso, se aplican otras reglas. Consulte qué nacionalidades no necesitan visado para Bonaire, Saba y San Eustaquio (Servicio Estatal del Caribe Neerlandés) (información en inglés).

Usted no necesitará visado si tiene la nacionalidad de uno de los siguientes países:

  • Albania
  • Alemania
  • Andorra
  • Antigua y Barbuda
  • Argentina
  • Austria
  • Australia
  • Bahamas
  • Barbados
  • Bélgica
  • Belice
  • Bosnia Herzegovina
  • Brasil
  • Brunei Darussalam
  • Bulgaria
  • Canadá
  • Chile
  • Chipre
  • Ciudad del Vaticano
  • Colombia
  • Corea del Sur
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Dinamarca
  • Dominica
  • Ecuador
  • El Salvador
  • Emiratos Árabes Unidos
  • España
  • Estados Unidos de América
  • Estonia
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • Finlandia
  • Francia
  • Granada
  • Grecia
  • Guatemala
  • Guyana: Sí que necesitará un visado para San Martín.
  • Honduras
  • Hong Kong: No necesitará un visado si tiene un pasaporte británico para ciudadanos de ultramar (overseas) o un pasaporte de la Región Administrativa Especial.
  • Hungría
  • Irlanda
  • Islandia
  • Israel
  • Italia
  • Jamaica: Solo está exento de visado para Curazao. Sí que necesitará un visado para las otras partes caribeñas del Reino.
  • Japón
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Macao: No necesitará un visado si tiene un pasaporte de la Región Administrativa Especial.
  • Macedonia del Norte
  • Malasia
  • Malta
  • Mauricio
  • México
  • Moldavia
  • Mónaco
  • Montenegro
  • Nicaragua
  • Nueva Zelanda
  • Noruega
  • Países Bajos
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Polonia
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • Rumania
  • San Marino
  • Serbia
  • Seychelles
  • Singapur
  • Saint Kitts y Nevis
  • Santa Lucía
  • San Vicente y Granadinas
  • Suecia
  • Suiza
  • Surinam
  • Taiwán: No necesitará visado si tiene un pasaporte que incorpora un número de tarjeta de identidad.
  • Trinidad y Tobago
  • Ucrania: No necesitará visado si tiene usted un pasaporte biométrico.
  • Uruguay

Lea si necesita un visado para las partes caribeñas del Reino, si posee un visado o un permiso de residencia en vigor para otro país:

País Schengen

¿Tiene un visado Schengen de entradas múltiples? ¿O un permiso de residencia para los Países Bajos u otro país Schengen? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

Territorios franceses de Ultramar

¿Tiene un permiso de residencia válido para uno de los territorios franceses de ultramar (Guayana Francesa, Guadalupe, Martinica, Mayotte, Reunión, San Bartolomé o San Martín)? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

San Martín

¿Tiene un permiso de residencia o un permiso de regreso para la parte francesa de San Martín? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

Si tiene un visado para la parte francesa de San Martín, puede viajar también a la parte neerlandesa de la isla sin necesidad de otro visado. Sí que necesitará un visado para las otras partes caribeñas del Reino.

Reino Unido o Irlanda

¿Tiene un visado de entradas múltiples o un permiso de residencia para el Reino Unido o Irlanda? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

Estados Unidos o Canadá

¿Tiene un permiso de residencia para los Estados Unidos o Canadá? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

¿Tiene un visado de entradas múltiples para los Estados Unidos o Canadá (no es una ESTA) y la nacionalidad de 1 de los siguientes países? Entonces no necesita un visado para el Caribe Neerlandés.

NacionalidadNo necesita visado paraComentarios
Boliviatodas las partes caribeñas del Reino
Chinatodas las partes caribeñas del Reino
Cubatodas las partes caribeñas del Reino
República Dominicanatodas las partes caribeñas del Reino
GuyanaSan MartínTampoco necesita visado para las otras partes caribeñas del Reino, aunque no tenga visado para EE.UU. o Canadá.
Haitítodas las partes caribeñas del Reino
Indiatodas las partes caribeñas del Reino
Jamaicatodas las partes caribeñas del Reino menos CurazaoTampoco necesita visado para Curazao, aunque no tenga visado para EE.UU. o Canadá.
Venezuelatodas las partes caribeñas del Reino

Usted no necesita un visado para las partes caribeñas del Reino en las siguientes situaciones:

Tránsito aeroportuario

Usted debe hacer una escala de tránsito aeroportuario en una de las partes caribeñas del Reino, tiene un billete para continuar su viaje y cumple estas condiciones:

Parte caribeña del ReinoNo se necesita visado para un tránsito aeroportuario
Aruba

No se necesita visado para un tránsito aeroportuario entre las 7:00 y las 23:00 horas.

Durante un tránsito aeroportuario, no puede abandonar la zona de tránsito del aeropuerto.

San MartínNo se necesita visado para un tránsito aeroportuario en el mismo día natural.
Bonaire, San Eustaquio, SabaNo se necesita visado para un máximo de 48 horas.
Curazao

No se necesita visado para un máximo de 48 horas.

¿Tiene usted tiene la nacionalidad de Haití? Entonces necesita un visado para hacer una escala.

Barco para cruceros

Usted es pasajero de un barco de cruceros y su escala dura un máximo de 48 horas, o de 24 horas en el caso de Aruba.

San Martín

Si viaja por tierra de la parte neerlandesa a la parte francesa de San Martín, no necesita visado. Deberá poder mostrar una reserva de hotel confirmada. Y también un visado vigente de las autoridades francesas, si fuera obligatorio. Si visita también las otras partes caribeñas del Reino, sí que necesitará un visado.

Tripulación de aviones y embarcaciones

  • Usted pertenece a la tripulación de una aeronave civil y su escala dura como máximo 48 horas.
  • Usted pertenece a la tripulación de una embarcación civil conforme al Convenio de Londres del 9 de abril de 1965 y su escala dura como máximo 48 horas. Además, cumple usted las reglas de la Organización Marítima Internacional (OMI).
  • Usted es marino y tiene una cartilla de marino y un pasaporte. Su escala dura como máximo 48 horas, o 24 horas en el caso de Aruba.

Usted no necesita un visado en las siguientes situaciones:

Salvoconducto

Usted posee un salvoconducto expedido por las Naciones Unidas o por uno de sus organismos especializados.

Diplomático acreditado

Usted es diplomático y está acreditado en los Países Bajos para todo el Reino.

Pasaporte especial

Usted posee un pasaporte diplomático, un pasaporte especial, un pasaporte de servicio o un pasaporte oficial de uno de los siguientes países:

PaísPasaporte diplomáticoPasaporte de servicio o oficialPasaporte especial
Boliviano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Chadno necesita visadonecesita visadonecesita visado
Georgiano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Indonesiano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Jamaicano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Kazajistánno necesita visadonecesita visadonecesita visado
Malawino necesita visadono necesita visadonecesita visado
Marruecosno necesita visadono necesita visadonecesita visado
Pakistánno necesita visadonecesita visadonecesita visado
Rusianecesita visadonecesita visadonecesita visado
Senegalno necesita visadonecesita visadonecesita visado
Sudáfricano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Tailandiano necesita visadono necesita visadonecesita visado
Túnezno necesita visadono necesita visadono necesita visado
Türkiyeno necesita visadono necesita visadono necesita visado
Ucraniano necesita visadonecesita visadonecesita visado
Venezuelanecesita visadonecesita visadonecesita visado

Documento para refugiados o extranjeros

  • Usted posee un documento para refugiados o para apátridas expedido por el Reino de los Países Bajos.
  • Posee un documento para refugiados expedido por los Estados Unidos (Form I-571).
  • Posee un documento para extranjeros conforme a la Convención del 28 de julio de 1951, facilitado por Canadá o los Estados Unidos de América.

Usted no necesita un visado en las siguientes situaciones:

  • Usted tiene un permiso de regreso expedido por una de las partes caribeñas del Reino. Con ese documento, puede usted entrar y salir del país mientras se tramita su solicitud de un nuevo permiso de residencia.
  • Usted tiene un permiso o un visado de regreso expedido por:
    • un país Schengen
    • Canadá
    • los Estados Unidos
    • Irlanda
    • el Reino Unido
    • uno de los siguientes territorios franceses de ultramar: Guadalupe, Guayana Francesa, Martinica, Mayotte, Reunión, San Bartolomé y San Martín
  • Usted tiene un permiso de residencia para permanecer al menos 6 meses en una de las partes caribeñas del Reino.

Necesita visado

¿No se encuentra su situación entre las mencionadas? Entonces necesitará un visado para las partes caribeñas del Reino.

Contacto

¿Tiene alguna otra pregunta?
Póngase en contacto con las autoridades locales en las partes caribeñas del Reino (información en inglés)